Jornada sobre la transposición de la Directiva Europea de Servicios: Ley Ómnibus

Ley Omnibus
Mesa redonda sobre “Espacio europeo de los profesionales"
Ley-Omnibus

Rosa Mª Lendoiro, José Norberto Uzal, José Mª Arrojo y J.M. Romay Beccaría en la clausura de la jornada

Organizada por Unión Profesional de Galicia en Santiago de Compostela

LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DEFIENDE QUE SE MANTENGA LA COLEGIACIÓN OBLIGATORIA Y EL VISADO EN LOS COLEGIOS PROFESIONALES ANTE LA INMINENTE ENTRADA EN VIGOR DE LA DIRECTIVA EUROPEA DE SERVICIOS

  • La entidad organizó una jornada técnica sobre la Ley Ómnibus en el Hotel Monumento San Francisco de Santiago de Compostela, en la que participaron ponentes de la ley en el Congreso y representantes de diversos colegios gallegos
  • José María Arrojo, presidente de Unión Profesional de Galicia, apuesta porque los colegios sigan manteniendo “el nexo de relación con las administraciones” en las cuestiones que les afectan
  • Unión Profesional de Galicia aglutina actualmente a 40 colegios profesionales de la Comunidad Autónoma y representa a más de 45.000 colegiados

(Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2009) “El proyecto de Ley Ómnibus posee, a nuestro juicio, dos obstáculos principales: cuestiona la colegiación obligatoria sin entrar a valorarla en su desarrollo posterior y no elimina la obligatoriedad de visados, sino que quiere regular su aplicación”. Son palabras de José Mª Arrojo, presidente de Unión Profesional de Galicia en la inauguración de la Jornada Técnica sobre la Transposición de la Directiva Europea de Servicios, celebrada esta mañana en el Hotel Monumento San Francisco de Santiago.

Colegiación obligatoria y continuidad de los visados profesionales centraron las demandas del colectivo de colegios profesionales gallegos, según se puso de manifiesto en la jornada de esta mañana. Para el presidente de este colectivo, José Mª Arrojo, “la colegiación obligatoria debe seguir manteniéndose como está” y “en cuanto a los visados, habrá que ver qué alternativas se plantean para el financiamiento de los colegios si éstos desaparecen”.

La entrada en vigor de la Directiva Europea de Servicios, que se materializará en enero próximo, ha provocado que tanto el Gobierno Central como la Xunta de Galicia hayan tenido que modificar diversos textos legales para adecuarlos a las exigencias de la UE. De hecho, la Xunta de Galicia acaba de aprobar en el último Consello de la Xunta el proyecto de Ley Ómnibus para Galicia.

Entre la normativa que se verá afectada por la Directiva Europea de Servicios se encuentra la que regula la actividad de los colegios profesionales. A este respecto, Unión Profesional de Galicia lamentó que a la hora de transponer la norma de la UE en España “haya primado más el interés político que el análisis en profundidad de las necesarias reformas para adecuar la Directiva Europea de Servicios”.
De todos modos, José Mª Arrojo abogó porque los colegios profesionales sigan manteniendo su nexo “con las diversas administraciones” y con los poderes ejecutivo y legislativo en las cuestiones que les afectan. En este sentido, elogió el alto grado de interlocución al que se ha sometido desde el Congreso el proyecto de Ley Ómnibus.

Participación de diputados en la jornada

La jornada de esta mañana, en la que participaron representantes de más de 30 colegios profesionales gallegos aglutinados en Unión Profesional de Galicia, fue inaugurada por el director de la EGAP, Pablo Figueroa. El alto cargo de la Consellería de Presidencia señaló que la Directiva de Servicios “aumentará la competitividad” en el territorio de la UE al permitir alcanzar un “auténtico mercado único de servicios”.

Además, la jornada contó con la participación de ponentes de la Ley Ómnibus en el Congreso como María Antonia Trujillo (PSOE), Celso Delgado (PP) y Olaia Fernández Dávila (BNG) en una mesa moderada por Rosa Mª Lendoiro, presidenta del Colegio de Farmacéuticos de A Coruña.

Celso Delgado Arce aseguró que esta es la ley “con más interlocución con la sociedad en su trámite parlamentario” y afirmó que su grupo cree que “los colegios profesionales son parte de la sociedad civil y deben de seguir existiendo de forma independiente”.

Por la contra, Olaia Fernández Dávila, indicó “que la premura con la que se hizo la ley motivó que no existiera el suficiente diálogo con los sectores implicados y en algunos casos hay modificaciones que deberían realizarse en la ley propia como en el caso del transporte y de los colegios profesionales”.

Finalmente, María Antonia Trujillo destacó que esta ley es compleja, pero rigurosa jurídicamente y que supone una oportunidad y un punto de partida muy importante para mejorar el marco regulatorio del sector servicios, teniendo en cuenta que supone dos tercios de la actividad económica española.

Representantes de los colegios

En la jornada participaron además representantes de colegios profesionales gallegos como el vicedecano del Colegio de Ingenieros Industriales, Constantino García Ares; el secretario del Colegio de Caminos, Canales y Puertos, Francisco Rosado Corral; el decano del Colegio de Economistas de Lugo, Salustiano Velo Sabín; y el secretario del Colegio de Médicos de Pontevedra, Pedro Silva Arochena.
Con diversos argumentos, los cuatro ponentes han cuestionado la premura en la elaboración de la Ley Ómnibus y han abogado por el mantenimiento de la colegiación obligatoria y de los visados como garantía de solvencia técnica y fuente de financiación de los colegios. Temen además que la “apertura de la competencia sin límites en el territorio de la UE vaya en detrimento de la calidad en el trabajo profesional y en el empobrecimiento de los servicios que se prestan a los ciudadanos”.

José Norberto Uzal, director xeral de Administración Local de la Xunta, fue el encargado de clausurar la jornada, que contó también con la participación de José Manuel Romay Beccaría, ex presidente del Consejo de Estado.

Unión Profesional de Galicia

Presidida por José María Arrojo, Unión Profesional de Galicia, con más de quince años de actividad, aglutina en la actualidad a 40 colegios de ámbito autonómico y representa a más de 45.000 profesionales universitarios.

 

Ver el Programa de las Jornadas

 

JORNADA SOBRE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA DE SERVICIOS
Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2009

Ponencia: Constantino García Ares (*)


Implantación en Galicia y en España

Los Ingenieros Industriales estamos organizados en un Colegio con siete delegaciones: A Coruña, Ferrol, Lugo, Santiago, Ourense, Pontevedra y Vigo. Como tal Colegio están integrados en el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales. En el citado Consejo estamos los 19 Colegios territoriales que en algunos casos son de ámbito autonómico, en otros están en varias autonomías (como es el cado de Madrid, Aragón y la Rioja) o con varias provincias como Asturias y León, Andalucía.

¿Qué es la ingeniería industrial?

La ingeniería industrial es una rama de la ingeniería, creada hace más de 150 años (1850) cuyo campo de actividad está orientado hacia el proyecto, construcción y producción en la industria y sus transformados en general, abarcando un gran número de campos, tanto tradicionales como de futuro, tales como: electrónica y automática, ingeniería eléctrica, electromedicina y bioingeniería, química industrial y medio ambiente, técnicas energéticas, construcción, máquinas, organización industrial y fabricación.
La ingeniería industrial es la más generalista de las ingenierías y su base es multidisciplinar, aunando conocimientos tecnológicos muy diversos. Permite la capacitación al ingeniero industrial para adaptarse a cualquier sector empresarial encontrando solución a los diferentes problemas que se plantean tanto de orden tecnológico, como económico o de gestión.

Código deontológico de los ingenieros industriales

El control deontológico de los profesionales está reservado a los colegios por ley. El Consejo General tiene un código en sus Estatutos y todos los demás colegios lo adaptamos e incluimos en los estatutos propios. Esto representa un instrumento de control sobre la actividad que es difícil realizar por otras entidades.

SITUACIÓN ACTUAL

Obligatoriedad de la colegiación

Actualmente es obligatoria para el desempeño de la profesión. En el desempeño del ejercicio libre se cumple en el 100% de los casos. La colegiación supone unas ventajas importantes para los profesionales del ejercicio libre referente a las coberturas de responsabilidad civil, defensa jurídica, formación, defensa del intrusismo profesional, etc.

Por el contrario tienen que abonar unas cuotas mensuales que no son proporcionales a los gastos de explotación. No tenemos ninguna cuota de ingreso ni baremos orientativos sobre los honorarios de cada profesional que son libres de negociación del colegiado con su cliente cumpliendo lo establecido por la Comisión Nacional de la Competencia.

Visado

Es un acto de comprobación administrativa y supervisión técnica, realizado en el colegio, mediante el cual se controla el intrusismo profesional, se contribuye, esencialmente, a garantizar la seguridad y calidad de las instalaciones y edificaciones industriales cuyos proyectos deben ser presentados a las Administraciones Públicas para su legalización y autorización pertinentes.
El visado proporciona:
- Un control de la identidad del firmante: comprobación de la firma
- Un control de la titulación del firmante: conocimientos y atribuciones legales pertinentes.
- Un control de que el firmante está habilitado para el ejercicio profesional como Ingeniero Industrial.
- Un control de la autenticidad del documento que ha realizado el autor.
- Un control sobre la normativa y reglamentación vigente que debe aplicarse a cada proyecto. La administración pública, por medio de sus técnicos, debe asegurar la aplicación correcta.

La aplicación correcta de la legislación y de los cálculos respectivos es responsabilidad directa y vinculante del Ingeniero proyectista.

Exigencia legal del visado

Proviene de la ley de Colegios Profesionales del año 1974 que establece como una de sus funciones “el visar los trabajos profesionales de los colegiados cuando así se establezcan expresamente en los Estatutos Generales”.

Los Estatutos Generales dicen: “Los documentos firmados por Ingenieros Industriales que deban surtir efectos administrativos, habrán de ser visados por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales del ámbito territorial de la Administración correspondiente”.

Además hay leyes más específicas como la LOE o reales decretos en los que se desarrollan reglamentos tales como los de: Centrales de producción de energía eléctrica, líneas aéreas de AT, Subestaciones, Instalaciones de climatización, Instalaciones contra incendios, Instalaciones petrolíferas, así como las leyes del Suelo o Medioambientales de las Comunidades o en las propias Ordenanzas Urbanísticas municipales, etc.. Recoge la obligatoriedad del visado de los proyectos respectivos para garantizar que éstos son realizados por un técnico competente como garantía de seguridad con el que deben operar estas instalaciones durante su funcionamiento y en el uso por parte de los ciudadanos en general.

Además de los proyectos, en su ejecución y desarrollo, hay otras labores muy importantes como son la dirección técnica del mismo y el certificado de fin de obra que deben ser visados por el Colegio.

La Dirección Técnica supone que la realización del proyecto se ha hecho conforme a lo establecido en el mismo o con los cambios pertinentes, aprobados por un “Técnico Competente” en garantía de la misma seguridad. Los cambios pueden ser importantes y se harán constar en el “Libro de Órdenes”. El documento asume la “Dirección Técnica”, recoge la responsabilidad y debe ser visado para garantizar la titularidad, el registro, la integridad y la competencia legal del técnico firmante.

El Certificado Final de Obra es el documento que avala todo el proceso, una vez finalizada la ejecución de la instalación o la obra, en el que el director técnico confirma que el proyecto se ha ejecutado según el mismo o con las modificaciones aprobadas por él. Este documento es muy importante de cara a las futuras responsabilidades que pudieran exigirse en caso de siniestralidades o reclamaciones surgidas durante el uso o funcionamiento. Por tanto este documento también debe ser visado para garantizar la identidad y titulación del firmante y su autenticidad.

Responsabilidad civil en los proyectos

La responsabilidad civil es la figura legal que permite y obliga a indemnizar a un tercero perjudicado por los daños que ha sufrido como consecuencia de la conducta negligente de una persona física o jurídica.

Los daños que se pueden ocasionar por una mala ejecución o derivados de un mal diseño, pueden ser importantes y suponer un montante elevado que seria difícil o imposible de soportar por el técnico autor del proyecto, ya que según se ha comentado él es el responsable de todos los cálculos y aplicación correcta de la normativa.

Actualmente los colegios tienen una póliza de responsabilidad civil que cubre unos mínimos y los colegiados pueden ampliarla según sus situaciones particulares. Esta póliza de carácter colectivo tiene unas primas asequibles para los colegiados que serian inasumibles de manera individual.

Ley Ómnibus

La trasposición de la Directiva de Servicios se hará mediante dos leyes. Por una parte la ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio “Ley Paraguas”, que acomete la simplificación de procedimientos y eliminación de trámites burocráticos, y por otra la “Ley Ómnibus”, que adapta una serie de textos legales que inspiran la reforma, incorporando medidas que pretenden mejorar la competitividad del sector servicios.

Al sector de la ingeniería industrial nos afecta en las medidas horizontales, como las que introduce la figura de la declaración responsable y la comunicación previa para el ejercicio de una actividad; y de las que modifican en profundidad el marco regulador de los Colegios Profesionales. Además se añaden preceptos que afectan a servicios industriales, energéticos, de la construcción, transporte, comunicaciones y medioambientales, entre otros en los que tenemos competencias.

Como cita nuestra revista DYNA, en su editorial de septiembre de 2009, “Bajo el argumento de alcanzar ganancias de competitividad y de estimular la actividad económica, se camina hacia la ausencia de garantías en la prestación de servicios, toda vez que la desregulación planteada se traduce en eliminar controles previos dejando las autorizaciones como algo excepcional. Con nuestros característicos movimientos pendulares corremos el riesgo de pasarnos de aceleración, entregándonos a una competencia sin limites en detrimento de las garantías de seguridad, ambientales, sociales, laborales y fiscales que protegen el interés general de la sociedad y del objetivo de un elevado nivel de calidad en los servicios como marca la propia Directiva”

Colegiación no obligatoria: En el borrador sigue figurando la obligación de esta colegiado para el desempeño del ejercicio profesional.

Visado no obligatorio: Será definido en las leyes, y en los temas que afectan a la seguridad, estará contemplada la exigencia del visado

Consecuencias: La eliminación de la exigencia de colegiación tendrá una incidencia menor ya que actualmente es obligatoria para ejercer la profesión, excepto en la Administración. La realidad es que el porcentaje de ingenieros industriales colegiados representan alrededor del 30% de los titulados existentes que desarrollan su trabajo en actividades que no le es imperativa la colegiación y los colegios no realizamos ninguna presión para su colegiación.

La eliminación del visado en ciertos trabajos, tendría una repercusión económica sobre los presupuestos de nuestros colegios que nos obligará a replantearnos ciertas formas de actuar, evaluar los costes de visado para los que puedan quedar, ajustar nuestras cuotas de participación. Dado que no quedarían más que un 70% de los visados actuales, tendríamos una reducción de plantillas, que según los colegios, puede ser más importante en unos que en otros.

Las dudas son las que se derivan de la incertidumbre sobre las modificaciones de todas las leyes (46) que están afectadas por la Directiva de Servicios y en particular como quedará la liberalización de los Colegios Profesionales.

Actuaciones: Hay puntos concretos que nos obligan a hacer cambios y que no están del todo claros. Como ejemplo está la petición de modificar los Estatutos Generales por parte del Ministerio de Economía y Hacienda en unos plazos que no se corresponden con la promulgación de las leyes que pueden afectar. Los plazos tendrán que ser reconsiderados.
Otro tema es la implantación de ventanilla única por vía electrónica y a distancia que tendremos que estudiar los plazos y la exigencia para los colegios.

La obligación de que los colegios cuenten con un servicio de atención a los usuarios y a los colegiados, con la obligación de resolver sus quejas o tramitarlas favorece la protección del consumidor. La transparencia en el funcionamiento de los colegios se podrá comprobar en la memoria anual sobre su gestión.

El retraso en la liberalización de colegios profesionales, supongo que algo tuvo que ver, entre otros, la carta enviada por el presidente de nuestro Consejo General al Ministro de Industria, donde se explicaba la intervención de los colegios y la incidencia sobre la seguridad y la calidad del servicio. No sé si eso también desencadenó la encuesta sobre el visado, que por parte del Ministerio de Economía y Hacienda fue enviada a los colegios profesionales. En ella se realiza una docena de preguntas y entre ellas se interroga sobre el coste del visado para los usuarios, pero no pregunta por el coste del acto de visar.

En otros países de nuestro entorno, los colegios profesionales deben controlar que los colegiados cumplan con un mínimo legal de formación continuada impartida por Universidades, los propios Colegios Profesionales u otros centros autorizados (modelos anglosajón, portugués, alemán, etc.).

Hay un problema actualmente en nuestro país por la deficiente distribución de competencias entre colegios territoriales, consejos autonómicos y consejos generales que ha dado pie a una cierta conflictividad entre alguna de estas instituciones y se debería aprovechar para establecer el marco legal claro y debidamente ajustado a las funciones de cada una de estas entidades.

La posibilidad de que cada Comunidad Autónoma pueda regular libremente los colegios profesionales plantea, además de dudas sobre su constitucionalidad, diversos problemas relacionados con la quiebra en la unidad de mercado.

En nuestro caso tenemos este problema con Cataluña, su estatuto le permite una Ley de Colegios Profesionales propia. La Ley de Colegios Profesionales estatal debería solucionar este asunto, que considero es de suma importancia.


(*) Constantino García Ares, ingeniero industrial y vicedecano del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia

 

DIFUSIÓN DE LA JORNADA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Colegiación obligatoria y continuidad de los visados profesionales centraron las demandas del colectivo de colegios profesionales gallegos

Ver archivo pdf: En defensa de la colegiación obligatoria

 

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